"Eso no es suficiente para que lo prohibamos... Esta es una corte de
justicia, no un árbitro de ética médica”.
Tribuna federal desestima la demanda entablada por presos de la Bahía de Guantánamo Bay para detener la alimentación
a la fuerza
12 Febrero 2014
AFP
Traducido del inglés por El Mundo No Puede Esperar 15 de marzo de 2014
Un tribunal de apelaciones federal les ha otorgado a tres presos de Guantánamo el
derecho de impugnar sus condiciones de detención, pero desestimó sus demandas
de poner fin a la alimentación a la fuerza en la prisión militar.
En su fallo el martes, un panel de tres jueces de la Corte de Apelaciones de Estados
Unidos para el Distrito de Columbia, en la ciudad capital de Washington, dijo
que las autoridades carcelarias tienen el derecho de “alimentar a la fuerza a
un preso famélico si existe efectivamente el riesgo de que muriera”.
Los detenidos de la Bahía de Guantánamo Ahmed Belbacha, Shaker Aamer y Abu Wa’el
Dhiab habían argumentado a favor de prohibir la práctica de alimentación a
través de sondas, diciendo que ésta contravenía el derecho internacional y la
ética médica.
Las autoridades de la base naval en Cuba han alimentado habitualmente a los presos
en huelga de hambre, metiéndoles sondas por la nariz.
El año pasado alimentaron de esa forma a un total de 46 presos durante la prologada
agitación en la prisión en la que hasta 106 detenidos rechazaron comer.
Las autoridades carcelarias ya no publican cifras sobre los huelguistas de hambre,
puesto que ahora se piensa que la cantidad es pequeña.
El fallo del tribunal de apelaciones dijo: "No tenemos duda de que la alimentación forzada es un proceso doloroso
e invasivo que presenta preocupaciones éticas serias".
"Eso no es suficiente para que lo prohibamos... Esta es una corte de
justicia, no un árbitro de ética médica”.
Los jueces dijeron que no había “nada específico” en el caso de los tres
demandantes que “nos habría dado una base para concluir que los legítimos
intereses penales del gobierno no justificaran la alimentación a la fuerza de
los detenidos en huelga de hambre en Guantánamo”.
Pero, en una decisión de dos a favor y uno en contra, los jueces aprobaron que los
detenidos de Guantánamo impugnaran sus condiciones de detención como parte de
una demanda de habeas corpus, y no simplemente su encarcelación sin acusación formal o proceso judicial
iniciado.
El fallo dice: “El que está detenido puede impugnar las condiciones de su confinamiento
en una petición de habeas corpus”.
Agrega: "Un reclamo sobre las condiciones de confinamiento plantea la
misma cuestión [que un reclamo sobre la detención en sí misma]: ¿violan la ley
las condiciones en las que (quien reclama) permanece detenido?”
El fallo autoriza que los detenidos vuelvan al tribunal del distrito con su caso.
En una fase anterior, dos tribunales inferiores habían rechazado tomar una decisión en
el caso.
¡Hazte voluntario para traducir al español otros artículos como este! manda un correo electrónico a espagnol@worldcantwait.net y escribe "voluntario para traducción" en la línea de memo.
E-mail:
espagnol@worldcantwait.net
|